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Regulación de exámenes extraordinarios Límite de extraordinarios por semestre: pueden registrarse como máximo 4 exámenes extraordinarios en un mismo semestre, distribuidos en los tres periodos, pero considerando un máximo de 2 extraordinarios en un mismo periodo. Seriación: la presentación de exámenes extraordinarios no exime de cumplir la seriación establecida en su plan de estudios (seriación obligatoria entre asignaturas y por bloque). Laboratorio: En asignaturas con laboratorio, el examen incluirá evaluación teórica y práctica. Para laboratorios “L+” ya aprobados, se debe contactar a la coordinación del laboratorio (antes del examen y con su comprobante de registro) para solicitar la revalidación y le hagan llegar la calificación a los sinodales (solicita información en la Secretaría Académica de la División que imparte la asignatura). Si no se ha aprobado, deberá indicarse a la División para que se aplique también una prueba práctica y sea posible aprobar la asignatura. Calificaciones: si se registra una misma asignatura en más de un periodo durante un mismo semestre (incluyendo la inscripción en ordinario) y se obtiene más de una calificación aprobatoria, en la Historia Académica aparecerá la primera en prioridad por orden cronológico de inicio del periodo: Primer periodo, Segundo periodo, Ordinario, ASDRI/3er periodo. Consultar Preguntas Frecuentes sobre Exámenes Extraordinarios
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