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Alumnos con dos trayectorias activas
por carrera simultánea

AVISO: planes de estudio 2016 y posteriores

Los nuevos planes de estudio establecen que no hay transición a partir del plan anterior, y no contemplan tablas de equivalencia ni convalidación a partir de los planes 2010, por lo que no se podrá hacer revalidación de materias "equivalentes" cursadas en planes anteriores. Únicamente podrán reconocerse materias comunes (mismo nombre y clave) del plan anterior que formen parte del nuevo plan de estudios.

Los alumnos que estando ya en carreras de plan 2016 o posterior, iniciaron una simultánea también en plan nuevo, se les reconocerán asignaturas comunes.

Nota: La entrada en vigor de los nuevos planes no afecta a los alumnos que ya cursaban dos carreras en planes 2010. Para ellos, continuarán aplicándose las tablas de equivalencia y convalidación de planes 2010, hasta la conclusión de sus estudios en ambas carreras.

Aquellos alumnos que cursan dos carreras simultáneamente en esta Facultad deben considerar la siguiente información durante su inscripción y al ir aprobando asignaturas comunes a ambas carreras.

1) Reinscripción

Alumnos con derecho a inscripción en ambas carreras
Durante cada reinscripción, el listado de asignaturas que podrán solicitar será elaborado automáticamente considerando ambas trayectorias, por lo que es importante verificar que ambas historias académicas estén actualizadas, en caso de asignaturas comunes o convalidables.

De ese listado, cada semestre el alumno determinará cuántas y cuales asignaturas inscribe de cada carrera, considerando el límite de créditos que se pueden inscribir en la FI (60 créditos al semestre). Se debe tomar en cuenta esto al momento de contemplar el avance y regularidad que tendrá en cada una, sin perder de vista que quienes están en plan 2016 o posterior en ambas carreras, se les reconocieron asignaturas de la primera carrera, por lo que significaron un "adelanto" en la simultánea. Se sugiere priorizar la primera carrera para acabarla pronto y enfocarse en la simultánea.

Alumnos con derecho a inscripción en sólo una de las carreras
Durante cada reinscripción, el listado de asignaturas que podrán solicitar será elaborado considerando únicamente la trayectoria en que aún conservan derecho a inscripción.

Las asignaturas que sólo pertenezcan a la trayectoria en que ya no tienen derecho a inscripción, únicamente podrán aprobarse mediante exámenes extraordinarios.

 

2) Actualización de historia académica con asignaturas comunes o equivalentes

Al momento de crearse su trayectoria en la carrera simultánea, se realizó la actualización de la historia académica correspondiente a partir de las asignaturas ya cursadas.

Es importante aclarar que sólo se podrán considerar para ambas historias académicas, las asignaturas comunes (mismo nombre y clave).

Debido a que en un principio sólo se registran en una de las trayectorias, conforme se vayan aprobando (en ordinario o en extraordinario), es necesario notificar oportunamente a la Coordinación de Administración Escolar para que se pueda elaborar el acta de equivalencia que actualizará la otra historia académica.

 

3) Generación de ingreso y tiempo en que se cursa la segunda trayectoria

La generación de ingreso en la segunda trayectoria corresponderá al ciclo escolar para el cual se solicitó el ingreso. Sin embargo, es importante tomar en cuenta que como consecuencia del reconocimiento de estudios realizados en la primera trayectoria, para la segunda carrera, la contabilización de semestres cursados para la nueva carrera comenzará desde el semestre lectivo en que se aprobó la primera asignatura de la primera carrera considerada para la segunda historia académica.

 

4) Optativas de otra carrera cuando una o ambas carreras son de la DIMEI

Se recomienda consultar la guía sobre este tema.

 

5) Titulación por ampliación y profundización de conocimientos

Los alumnos con dos trayectorias que contemplen titularse mediante esta modalidad en una o ambas carreras, deben tener presente lo siguiente (de acuerdo a las dos interpretaciones que emitió el Abogado General de la UNAM al respecto):

Titulación en la primera carrera con asignaturas de la carrera simultánea

  • No podrán considerarse asignaturas obligatorias de la carrera simultánea.
  • No podrán considerarse las asignaturas optativas de la carrera simultánea que hayan sido aprobadas para cumplir con los créditos optativos correspondientes.
  • Sólo podrán considerarse las asignaturas optativas de la carrera simultánea que no hayan sido inscritas en ésta.

    En caso de que aún queden créditos optativos por cursar en la carrera simultánea, las asignaturas optativas de ésta que se cursen para titularse en la primera carrera, ya no podrán inscribirse en la carrera simultánea.

Titulación en la carrera simultánea con asignaturas de la primera carrera

  • No podrán considerarse asignaturas obligatorias de la primera carrera.
  • No podrán considerarse las asignaturas optativas de la primera carrera que hayan sido aprobadas para cumplir con los créditos optativos correspondientes.
  • Sólo podrán considerarse para titulación en la carrera simultánea, las asignaturas optativas de la primera carrera que no hayan sido inscritas en ésta.

Titulación en la carrera simultánea con el mismo programa empleado para titulación por ampliación en la primera carrera.

  • No podrán considerarse para titularse en la carrera simultánea, las mismas asignaturas de ampliación ya aprobadas para titularse en la primera carrera.
  • No podrán considerarse para titularse en la carrera simultánea, los mismos cursos y/o diplomados de educación continua ya aprobados para titularse en la primera carrera.

6) Titulación en ambas carreras por modalidad con trabajo escrito

Los alumnos con dos trayectorias que contemplen titularse en ambas carreras mediante una modalidad con trabajo escrito, deben tener presente lo siguiente (interpretación que emitió el Abogado General de la UNAM al respecto):

  • Resulta improcedente que realicen un solo trabajo escrito y presenten un único examen profesional para titularse en ambas carreras. Deberán realizar un trabajo y el correspondiente examen para cada una de ellas.

7) Titulación en ambas carreras por estudios de posgrado o examen general de conocimientos

Los alumnos con dos trayectorias que contemplen titularse en ambas carreras mediante la misma modalidad, siendo esta "Estudios de posgrado" o "Examen general de conocimientos", deben tener presente lo siguiente (interpretación que emitió el Abogado General de la UNAM al respecto):

  • No se permite la titulación en la carrera simultánea con los mismos estudios de posgrado aprobados para titularse en la primera carrera.
  • No se permite la titulación en la carrera simultánea con un mismo examen general de conocimientos, ya aplicado y aprobados para titularse en la primera carrera.

 

 


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